El Boletín Oficial de la Provincia de Misiones publicó, el 31 de marzo 2023, el Decreto 300/23, que lleva la firma del Gobernador de Misiones, Dr. Oscar Herrera Ahuad, por el cual se aprueba la reglamentación del Art. 6° de la Ley XVII – N° 153, aprobada por la Cámara de Representantes, “Boleto Oncológico Gratuito Misionero” (BOG), que establece la creación de un Registro de Pacientes Oncológicos para otorgar el beneficio
Dicho registro estará en el ámbito de la Subsecretaría de Salud dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Los beneficiarios deberán estar en el Registro de Pacientes Oncológicos, para poder hacer uso del beneficio de gratuidad en el trasporte público de pasajeros por automotor de modalidad urbana municipal, suburbana e interurbana. Dicho beneficio además será concedido a un acompañante, siempre que el mismo este declarado en el formulario del Anexo II.
La nómina del registro respectivo será remitida a la Subsecretaria de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, la que se encargará de entregar el carnet del beneficio al paciente, con un máximo de validez de 1 año, excepto en los casos que el médico tratante indique un plazo menor de tratamiento. En todos los casos podrá ser renovado acreditando nuevamente la solicitud del médico tratante.
La cantidad de viajes diarios/mensuales autorizados, como así también la franja horaria en que podrá ser utilizado el beneficio, será determinado por la Subsecretaria de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, de conformidad a la patología y tratamiento del paciente.
FORMULARIOS
Guías para tramitar el Boleto Oncológico Gratuito
¿Qué pasos debemos realizar para acceder al beneficio en el sistema público de salud?
Si me atiendo en el sistema privado de salud (Sanatorios, Clínicas o Institutos) ¿Cómo puedo acceder al beneficio?
Consultas al mail: bog.subsecretariadesalud@gmail.com