
El uso de elementos de protección facial que cubran nariz, boca y mentón es obligatorio en Misiones. Así lo establece la Ley XVII Nº 118 y el Decreto provincial 959/2020.
En dichos instrumentos establecen que el Ministerio de Salud Pública es el órgano de aplicación de las actas de infracción a la Ley XVII Nº 118 y Gobierno de la fiscalización en toda la provincia.
En esa línea, en la cartera sanitaria provincial las áreas habilitadas para la recepción de multas son Zonas Sanitarias de Salud y Hospitales. En el caso de Posadas y Garupá estará a cargo de la Subsecretaria de Salud.
Descargo en un plazo de 5 días hábiles
El descargo a la infracción se deberá realizar por escrito ante las Zonas Sanitarias y Hospitales de Misiones, que correspondan al domicilio del presunto infractor, o al mail subsesaludmsp@gmail.com, en el plazo de cinco (5) días hábiles de labrada el acta correspondiente por la fuerza de seguridad provincial. En el caso de Zona Capital (Posadas-Garupá), el descargo podrá realizarse vía correo electrónico, o con turno previo, en la Subsecretaria de Salud en la sede de la cartera sanitaria provincial, Tucumán 2174 primer piso. Para turnos: 0376- 154639698.
El descargo deberá contener: nombre y apellido del presunto infractor, domicilio, teléfono y correo electrónico, debiendo adjuntar copia de su DNI y del acta de infracción.
El Ministerio de Salud Pública procederá a evaluar los hechos descriptos en la copia del acta de infracción y en el descargado presentado en el plazo de cinco (5) días hábiles de recibido el mismo. Una vez realizada la evaluación se dictará una disposición que establecerá la aplicación de la multa y su valor o desestimará la presunta infracción, notificando la misma al presunto infractor.
Además de los Hospitales, los centros de recepción habilitados, de 7 a 13 horas, de lunes a viernes son: